Comprobaciones antes de comprar una vivienda
Adquirir una casa es uno de los momentos más importantes en la vida de una persona. Por eso, merece la pena hacer una serie de comprobaciones antes de comprar una vivienda.
Para quienes acuden al banco para solicitar una hipoteca y una tasación previa, estos consejos antes de comprar una vivienda son todavía más útiles para evitar posibles sustos.
Claves en las que fijarte antes de comprar una vivienda
- El estado general de la vivienda (lo que se ve). Como es lógico casi nadie compra una vivienda sin verla antes. En la visita las personas interesadas suelen prestar atención al estado general de conservación, el tamaño, distribución…. Aunque te puedes hacer una idea a simple vista, conviene que verifiques en esa visita que las instalaciones (electricidad, agua, calefacción, aire acondicionado, …) funcionan.
- Si la identificación física del inmueble coincide con la del Registro de la Propiedad y con la de Catastro. Sin una nota simple registral no puedes comprobar esto, ni sin la ficha catastral de la finca, y puede que como particular, sin conocimientos técnicos, puedas tener dudas. Quien no tendrá dudas de si la vivienda se corresponde con la finca inscrita en el Registro de la Propiedad y con la finca catastral, o hay algún error, es una sociedad de tasaciones homologada por el Banco de España. Pueden darse discrepancias en su identificación, superficie, situación de ocupación u otras, que impidan que la tasación siga adelante.
- El estado de ocupación. Este es otro de los pasos claves que hay que dar antes de comprar una vivienda porque puedes encontrar que la vivienda que quieres adquirir esté alquilada, ocupada por el usufructuario, u otro régimen de ocupación.
- El régimen de propiedad. Verificar que el vendedor es el titular de la vivienda. La titularidad del inmueble y si hay limitaciones sobre su uso también es de suma importancia. La persona o personas que tengan la titularidad del inmueble deben tener capacidad para obrar sobre el pleno dominio del inmueble. Hay que leer la letra pequeña porque existen multitud de situaciones en las que puedes encontrar limitaciones a ello.
- La calificación del suelo en el plan urbanístico vigente. Esta es una de esas comprobaciones antes de comprar una vivienda que nos da tranquilidad. Siempre es necesario verificar que el suelo sobre el que se asienta la vivienda que estamos interesados en comprar tiene uso residencial, y que la vivienda se adecúa a la normativa urbanística vigente. El banco, a la hora de solicitarle la hipoteca, verifica que el informe de tasación de la vivienda no recoge ninguna cautela o limitación de esa comprobación.
- El régimen de protección pública. Algunas viviendas están sujetas a determinadas limitaciones para la compraventa como, por ejemplo, un precio máximo legal de venta. Hay que comprobarlo a través de la Escritura de propiedad o de la nota simple registral, donde consta esa calificación, así como su número de expediente y fecha de calificación definitiva. Además, puede figurar una placa en la fachada del inmueble. En todo caso, si estamos ante una vivienda de precio máximo legal de venta, será necesario disponer de un Certificado de precio máximo legal de venta emitido por la Consejería de Vivienda de la Comunidad Autónoma correspondiente.
- El régimen de protección de patrimonio arquitectónico. Algunas viviendas, en especial las ubicadas en zonas emblemáticas del casco histórico de ciudades, pueden estar obligadas a cumplir especificaciones concretas en cuanto a mantenimiento patrimonial. Sobre esto es el propio ayuntamiento de la localidad donde se ubica el inmueble, y más en concreto el Área de Urbanismo, el que podrá darte más detalles de si ese inmueble está sometido a algún régimen de protección del patrimonio.
- Otras comprobaciones recomendadas.
-Si está al corriente de pago del IBI.
-Si está al corriente de pago de la cuota de la comunidad de propietarios.
-Si cuenta con un seguro de incendios y otros daños al continente.
-Si dispone de Certificado de Eficiencia Energética (CEE).
-Si dispone de cédula de habitabilidad.
-Si tiene alguna afección urbanística.
-Si dispone del Libro del Edificio.
-Si ha pasado la ITE o IEE (en inmuebles de más de 50 años).
-Si está dado de alta y al corriente de pago de todos los suministros de la vivienda.
-Si dispone de anejos inseparables.
-Si cuenta con algún tipo de servidumbre.
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